A) EL COMÍTE DE ENLACES | | | El Comité de Enlaces como órgano de decisión de la AD con la responsabilidad de la gestión, seguimiento y evaluación de todo el proyecto, establece los mecanismos básicos de conexión y de enlaces entre los diferentes agentes que intervienen en el mercado laboral. También es el responsable de proporcionar la información y asesoramiento necesario para la ejecución de las acciones y garantizar el principio de igualdad de oportunidades. | B) COMPONENTES DEL COMITÉ ENLACES.
| | | Esta formado, al menos, por una o dos personas representantes de cada una de las entidades que conforman la Asociación de Desarrollo del proyecto Enlaces, estas personas deben tener capacidad para la toma de decisiones en nombre de las entidades a las que representan.
| C) OBJETIVOS.
| | | Los objetivos del comité Enlaces son los siguientes:
- Favorecer y garantizar la existencia de enlaces entre los diferentes nodos que intervienen en los mecanismos de inserción laboral, mediante la elaboración de un protocolo de coordinación que garantice respuestas sistemáticas a los principales factores inciden en el desempleo.
- Consolidar la participación activa de los agentes en el mercado de trabajo.
- Crear una red estable de agentes intervinientes en proceso de incorporación e inserción laboral, tanto pertenecientes al proyecto como ajenos a él.
| D) FUNCIONES DEL COMITÉ ENLACES.
| | | El Comité Enlaces debe garantizar la intervención coordinada de las entidades miembros de la AD, asegurando la participación en la toma de decisiones así como en la puesta en marcha y desarrollo de las actuaciones del proyecto Enlaces. De esta forma favorecerán y garantizarán la existencia de enlaces entre los diferentes nodos que intervienen en los mecanismos de inserción laboral, asegurándose así la participación de todos los/as componentes en el mercado de trabajo de la Comarca del Bajo Guadalquivir. Cada entidad miembro de la AD vela por la consecución final del proyecto, el cumplimiento de las funciones asignadas y por el principio de igualdad de oportunidades, recayendo en la Asociación de Empresarias y Profesionales de Cádiz el tutelaje en el cumplimiento de dicho principio de igualdad de oportunidades, así como la coordinación y control del cumplimiento de las funciones del Comité Enlaces. Las funciones del Comité de Enlaces son: - La dirección de la AD y la orientación general de sus funciones dentro de los objetivos que se propone alcanzar en el marco del proyecto Enlaces.
- Aprobar las normas de organización y funcionamiento, del propio comité.
- Establecer y aprobar el calendario de acciones a desarrollar por la AD.
- Dar cumplimiento al principio de capacitación, en función del cual todas las entidades socias de la AD deben participar en la ejecución de las acciones del proyecto, lo que implica su participación en el proceso de toma de decisiones.
- Proporcionar la información y el asesoramiento necesario para la ejecución de las acciones y garantizar el principio de igualdad de oportunidades.
- Establecer y garantizar los mecanismos de comunicación entre las entidades que conforman el Comité Enlaces.
- Crear una red de entidades interprofesionales que asegure la complementariedad de la metodología de trabajo que se establezca para la elaboración y ejecución de diversos protocolos de coordinación.
- Definir criterios de eficiencia laboral consensuados y asumidos por las partes para favorecer el empleo de calidad.
- Establecer estrategias para recuperar a los jóvenes que han abandonado el sistema educativo y dirigirlos al sistema laboral actualizando su formación, o reconduciéndolos al sistema educativo y promoviendo su interés por la formación a lo largo de la vida.
- Dinamizar la integración de los tres subsistemas de formación: reglada, ocupacional y continua, proponiendo estrategias de vinculación del sistema educativo con el sistema productivo.
- Otros que se vayan detectando y que consideren de interés.
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